VeriFactu: Hacienda anuncia su aplazamiento a octubre de 2028
Publicado el · Tema: Facturación y VeriFactu
Hacienda prevé aplazar VeriFactu hasta octubre de 2028 para que coincida con la factura electrónica obligatoria. Es un anuncio: mientras el BOE no publique la norma, las fechas en vigor son el 1 de enero de 2027 para las sociedades y el 1 de julio de 2027 para el resto.
Información general a 18 de octubre de 2026, revisada por Ticdat Consulting, S.L. No contempla tu caso concreto: para el tuyo, consúltalo con el despacho.
El Ministerio de Hacienda publicó el 5 de octubre de 2026 una nota informativa en la que prevé aplazar hasta octubre de 2028 las obligaciones pendientes del Reglamento de sistemas informáticos de facturación, el que aprobó el Real Decreto 1007/2023 y que se conoce como VeriFactu. El motivo que da es hacer coincidir su calendario con el de la factura electrónica obligatoria para empresarios y profesionales que facturan hasta 8 millones de euros al año.
La propia nota habla de «previsión». Hasta el 17 de octubre de 2026, el BOE no ha publicado ninguna norma que cambie las fechas de VeriFactu: lo hemos comprobado en el texto consolidado del Real Decreto 1007/2023 y en los sumarios del BOE desde el 5 de octubre.
¿Qué ha anunciado Hacienda?
- Aplazamiento hasta octubre de 2028 de las obligaciones del Real Decreto 1007/2023 que todavía no se aplican.
- Una fecha común con la factura electrónica obligatoria para empresarios y profesionales que facturan hasta 8 millones de euros al año.
- Una segunda modificación más adelante, para acercar el ámbito y algunos aspectos técnicos de VeriFactu a la factura electrónica y a los futuros requisitos de reporte digital de la Unión Europea (el paquete conocido como ViDA).
- Los requisitos de fondo se mantienen. Según la nota, la integridad, la conservación, la accesibilidad, la legibilidad, la trazabilidad y la inalterabilidad de los registros de facturación seguirán en términos sustancialmente equivalentes a los actuales.
La nota no dice qué norma recogerá el cambio ni el día exacto de octubre de 2028.
¿Qué fechas de VeriFactu están en vigor hoy?
Las de la disposición final cuarta del Real Decreto 1007/2023, en la redacción que le dio el Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre. El Congreso convalidó ese real decreto-ley en diciembre de 2025.
| Quién | Fecha en vigor | Fecha anunciada, todavía sin norma |
|---|---|---|
| Sociedades (contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades) | 1 de enero de 2027 | Octubre de 2028 |
| Autónomos y resto de obligados | 1 de julio de 2027 | Octubre de 2028 |
Un anuncio de aplazamiento no cambia por sí solo una fecha legal. Mientras no se publique la norma, el calendario exigible es el de la columna «Fecha en vigor».
¿Cuántas veces se ha aplazado VeriFactu?
Si se confirma, será la tercera vez que se mueve la fecha:
| Norma | Sociedades | Resto |
|---|---|---|
| Real Decreto 1007/2023, texto original (BOE del 6 de diciembre de 2023) | 1 de julio de 2025 | 1 de julio de 2025 |
| Real Decreto 254/2025 (BOE del 2 de abril de 2025) | 1 de enero de 2026 | 1 de julio de 2026 |
| Real Decreto-ley 15/2025 (BOE del 3 de diciembre de 2025) | 1 de enero de 2027 | 1 de julio de 2027 |
| Nota de Hacienda del 5 de octubre de 2026 (sin norma todavía) | Octubre de 2028 | Octubre de 2028 |
¿A quién afecta VeriFactu?
Según el artículo 3 del reglamento, a quienes facturan con un programa informático, aunque solo lo usen para una parte de su actividad, y son:
- sociedades y demás contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades, salvo las entidades totalmente exentas;
- autónomos y profesionales que tributan en el IRPF por actividades económicas;
- no residentes con establecimiento permanente en España;
- comunidades de bienes y otras entidades en régimen de atribución de rentas que desarrollan actividades económicas.
No se aplica a quien lleva los libros registro del IVA a través del Suministro Inmediato de Información (SII). El reglamento también obliga a quienes fabrican y venden programas de facturación, que tienen que ofrecerlos adaptados.
¿Qué tiene que ver con la factura electrónica obligatoria?
Son dos obligaciones distintas. VeriFactu regula cómo tiene que funcionar el programa con el que facturas, para que cada factura deje un registro que no se pueda alterar. La factura electrónica obligatoria, que viene de la Ley 18/2022, de creación y crecimiento de empresas, regula cómo se intercambian las facturas entre empresas y profesionales: en formato electrónico estructurado.
Esa ley fija que la factura electrónica entre empresas produce efectos al año de aprobarse su desarrollo reglamentario para quienes facturan más de 8 millones de euros, y a los dos años para el resto. La Orden HAC/1028/2026, publicada en el BOE el 5 de octubre de 2026 y en vigor desde el día 6, abrió el cómputo de esos plazos: octubre de 2027 para los primeros y octubre de 2028 para el resto. Es la fecha con la que Hacienda quiere hacer coincidir VeriFactu.
¿Y si vendo en Amazon u otros marketplaces?
Las fechas son las mismas. Lo que cambia es que hay más canales que revisar: en una tienda propia facturas tú, y en un marketplace parte de las facturas puede emitirlas la plataforma en tu nombre. Para adaptar la facturación, primero hay que saber qué emite cada canal.
Qué hacemos en Ticdat
Cuando el BOE publique la norma que recoja el aplazamiento, actualizaremos este artículo con la fecha exacta y su referencia. Si quieres saber qué sistema te corresponde y cómo quedaría tu facturación, en la adaptación a VeriFactu revisamos cómo facturas hoy en cada canal y te lo decimos por escrito. Si además quieres que llevemos tu contabilidad y tus declaraciones, las tarifas de la gestoría están en precios.
Fuentes
Consultadas el 18 de octubre de 2026. Las normas, en la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
- Ministerio de Hacienda, nota informativa del 5 de octubre de 2026 (PDF).
- Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, texto consolidado: artículo 3 y disposición final cuarta.
- Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre, y la resolución de su convalidación.
- Real Decreto 254/2025, de 1 de abril.
- Ley 18/2022, de 28 de septiembre, disposición final octava.
- Orden HAC/1028/2026, de 2 de octubre.